domingo, 16 de noviembre de 2014

Narración y conocimiento, de Arthur Danto

¡Y otro libro más para mi grupo de libros traducidos! Muy contenta. Muy, muy contenta. No fue fácil, y verlo impreso es una satisfacción inmensa.

Sí, vino el fotógrafo de la revista "Caras" y les adelanto las fotos que me sacó y que saldrán en el suplemento cultural de dicha revista.













19 de noviembre de 2014: Me olvidaba de decirles, como lo hago siempre, que este libro está editado por Editorial Prometeo, una gran editorial con la que trabajo sumamente cómoda. Visiten su librería de Corrientes y Riobamba. Vale la pena.





domingo, 19 de octubre de 2014

Dos nuevos seguidores, ¡muchísimas gracias!

No quiero dejar pasar más tiempo sin agradecer a Manuela Mangas Enrique y a Rubén Darío Álvarez, dos nuevos seguidores de este humilde blog. Gracias por prenderse en los desvaríos de una traductora que, a veces, está tapada de trabajo y a la que le convendría tener un clon, y que otras veces se pone a limpiar las alacenas de la cocina porque "está de vacaciones". 

Un abrazo a ambos, y espero que si el blog no les resulta útil, por lo menos les resulte ameno.

 

miércoles, 1 de octubre de 2014

Análisis sintáctico - El complemento de régimen preposicional y el verbo "sucumbir"

Sigo con la serie de análisis de verbos + preposición vinculados a la existencia o no de complemento de régimen preposicional (CRP). Hoy le toca al verbo "sucumbir".

"Sucumbir" tiene un sentido concreto, "darse por vencido -o incluso morir- ante el ataque enemigo". De allí se deriva otro sentido, figurado, que es el de "dejar de resistirse ante una tentación o dejar de lado los propios principios para aceptar lo que esa tentación propone, o lo que proponen principios ajenos, de menor valía".

Este verbo se acompaña de las siguientes preposiciones:

a
ante
bajo

Un ejemplo de la primera acepción es:

El ejército sucumbió bajo las fuerzas enemigas.

En este caso, también se utilizan las preposiciones "ante" y "a".

Ejemplos de la acepción en sentido figurado:

El jefe sucumbió a los encantos de la nueva secretaria.


Carlos sucumbió ante las tentaciones de la noche porteña.


En este sentido, no es frecuente encontrar que el verbo "sucumbir" esté seguido de la preposición "bajo".


Revisemos los criterios para determinar si lo que sigue al verbo "sucumbir" en cada oración es o no un CRP:


1) ¿Es un sintagma preposicional (es decir, preposición + sustantivo)? Sí.


Sucumbir bajo + las fuerzas enemigas
Sucumbir a + los encantos
Sucumbir ante + las tentaciones


2) Reconocimiento por descarte (no debe ser ni OD, ni OI, ni predicativo, ni circunstancial, ni complemento agente).


Estos sintagmas no son ni OD, ni OI, ni predicativo de ningún tipo, ni complemento agente, y no son circunstancial de ningún tipo. Quiero detenerme en "bajo las fuerzas enemigas": a mi modesto criterio, no es un circunstancial de lugar -ni siquiera nocional- porque ese "bajo" no está indicando posición física ni nocional, sino que transmite la idea de subordinación, de derrota.

4) Los sintagmas propuestos ¿responden a la pregunta "¿preposición + qué/quién + forma verbal? Sí.

¿Ante qué sucumbió Carlos?
¿A qué sucumbió el jefe?
¿Ante quiénes sucumbió el ejército?

5) Diferencia con el (complemento) circunstancial: si eliminamos el circunstancial de la oración, ésta sigue teniendo sentido. Si eliminamos el CRP, la oración deja de tener sentido. Y además, el CRP no puede sustituirse con un adverbio. 

En estos últimos días, con la publicación de estos artículos, estuve cavilando sobre este criterio, y no me parece que sea muy válido que digamos. ¿Realmente la oración sigue teniendo sentido cuando le quito el circunstancial? ¿Siempre? Creo que no. Si digo:

María fue al almacén.

"al almacén" es un circunstancial de lugar; y si digo "María fue", el sentido queda trunco. Así que voy a tomar este criterio con muchas pinzas, porque me parece que es de aplicación selectiva. Si digo:

El ejército sucumbió.

me parece que el sentido está completo. No sé si queda tan completo el sentido si digo

Carlos sucumbió.
El jefe sucumbió.

pero tampoco quedan oraciones que sean ininteligibles.

Y finalmente, con respecto al criterio 6), "el (complemento) circunstancial puede ocupar cualquier lugar en la oración; el CRP no", dije en el artículo anterior (y lo sigo sosteniendo) que también es un criterio residual, al igual que el criterio 5), y que hay que tomar ambos con muchas pinzas.

Conclusión: sí, con el verbo "sucumbir" y sus tres preposiciones, el complemento que le sigue es un CRP.
















lunes, 29 de septiembre de 2014

Análisis sintáctico - El complemento de régimen preposicional con el verbo "creer"

En este artículo voy a analizar el comportamiento del verbo "creer" a la luz de las premisas enunciadas en el artículo anterior, en el que di tratamiento al verbo "remitir", y con la misma metodología. Al que no haya visto dicho artículo, le ruego que primero lo lea, para aprovechar mejor éste. Dicho artículo está en el siguiente enlace:

http://claritoycastellano.blogspot.com.ar/2014/09/analisis-sintactico-mas-sobre-el.html


El verbo "creer" puede estar acompañado de dos preposiciones:

Yo le creo a Julián.

En este caso, "a Julián" es el objeto indirecto de la oración.

Yo creo en Dios.

"En Dios" es un complemento circunstancial de tema. Cuando uno dice que "cree en algo", ese "algo" es un tema, una cuestión, un asunto que ocupa el centro de sus creencias, y es eso acerca de lo cual cree, es acerca de lo cual piensa para poder creer. "En Dios" no es -al menos, en este caso- un complemento de régimen preposicional.

 

Análisis sintáctico - Más sobre el complemento de régimen preposicional

Éste es uno de los tantos temas que me apasionan del análisis sintáctico; por eso, quise confirmar en carne propia si verdaderamente la lista que brinda la Wikipedia de verbos con régimen preposicional propio realmente estaban seguidos de complemento de régimen preposicional, o si eso de lo que están seguidos puede ser un complemento circunstancial de alguna clase.

La lista de verbos con régimen preposicional propio está en 

http://es.wikipedia.org/wiki/Complemento_de_régimen

pero a partir de este artículo voy a analizar verbo por verbo los allí mencionados para ver cómo es la cosa.

El primer verbo que voy a analizar es "remitirse a".

El verbo "remitir" tiene un sentido principal y concreto: el de "enviar determinada cosa a cierto lugar o a determinada persona". Por ejemplo, 

Remito un paquete a mi tía. 

De este sentido principal se desprenden otros dos: 

1) el de enviar al lector de un escrito cualquiera a otra parte de dicho escrito, o a otro escrito independiente, pero relacionado con el primero; por ejemplo, 

Remito al lector al capítulo anterior; 

y 2) el de invocar como pensamiento u opinión propios lo ya expresado en otro lugar por el invocante mismo o por un tercero; por ejemplo

Me remito a las cláusulas del contrato.

En este último caso, el verbo se utiliza de manera pronominal; es decir, acompañado de la partícula "me", pero también, según la persona gramatical que esté hablando, de la partícula "te", "se", "nos" y "os".

A la luz de estas definiciones y ejemplos, examino las condiciones necesarias para que exista complemento de régimen preposicional para ver si este verbo las reúne:

1) El CRP es un sintagma preposicional (es decir, formado por preposición + sustantivo): EN ESTE VERBO SE CUMPLE ESTE REQUISITO

2) Se reconoce el CPR por descarte (que eso que sospecho que es un CPR no sea un objeto directo, ni un objeto indirecto, ni un circunstancial, ni un predicativo, ni un complemento agente): ESTE REQUISITO NO SE CUMPLE EN ESTE VERBO. Veamos qué pasa:

Remito un paquete a mi tía.

"A mi tía" es un objeto indirecto (le remito un paquete). No es CRP.

Remito al lector al capítulo anterior

"Al lector" es objeto directo (lo remito). No es CRP.

Me remito a las cláusulas del contrato.

"A las cláusulas del contrato" ¿es CRP? Fijémonos, en principio, que no es un OD, no es un OI, no es un predicativo, y claramente no es un complemento agente (porque la oración no está en voz pasiva); pero nunca va a faltar el profesor o alumno discutidor que me diga "es un circunstancial de lugar nocional; lo puedo reemplazar por 'allí'". Y va a haber que darle la razón.

¿Podría ser un complemento circunstancial de tema? No me parece. El verbo "remitirse (a)" es un verbo que indica movimiento nocional; cuando digo "nocional" me refiero a algo en su concepción "virtual", como noción y no en su aspecto físico-material. El circunstancial de lugar nocional no es un lugar físico, sino la idea de lugar; el contrato es ese lugar. Y cuando hablo de "movimiento nocional" me refiero a que el hecho de agarrar el contrato denota un movimiento; "movimiento" no necesariamente implica correr, saltar, caminar, sino que también puedo verlo en su faceta "virtual", haciendo el mero movimiento de recurrir al contrato, tomándolo entre mis manos.

Pero sigo con eso en lo que estaba: el verbo "remitirse (a)" indica movimiento; le corresponde un circunstancial de movimiento. Veremos que, en otros verbos que denotan actividad intelectual, allí sí el sintagma preposicional que los sigue es un circunstancial de tema, porque uno "se preocupa de (un tema, una cuestión, de una persona)", "piensa en (un tema, una cuestión, un asunto)".

Entonces, este criterio se cumple parcialmente, con esta última acepción del verbo, y hasta por ahí nomás. Pero sigamos con los demás criterios.

3) Puedo reemplazar el CPR con el pronombre personal.

Remito un paquete a mi tía = Remito un paquete a ella.
Remito al lector al capítulo anterior = Remito a él al capítulo anterior
Me remito a las cláusulas del contrato = Me remito a ellas

Este criterio se cumple en los tres casos, pero poco importa porque el criterio anterior se verificó sólo para un caso.

4) Responde a la pregunta "¿Preposición + Qué/Quién + Forma Verbal?"

¿A quién remití un paquete? A mi tía.
¿A quién remito al capítulo anterior? Al lector.
¿A quién remito a las cláusulas del contrato? A mí.

Aquí también: este criterio se cumple en los tres casos, pero este verbo ya quedó "en la cuerda floja" debido al criterio 2).

5) Criterio de diferencia con el complemento circunstancial: si eliminamos el circunstancial de la oración, ésta sigue teniendo sentido. Si eliminamos el CRP, la oración deja de tener sentido; es decir, el CRP no puede sustituirse por un adverbio.

Veamos qué pasa con el único caso de este verbo que sí es CRP:

Me remito a las cláusulas del contrato.

Si digo "me remito", a secas, claramente el sentido no está completo. Es imprescindible aquí la presencia del CRP.

6) Este criterio es relativo: dice que "el complemento circunstancial puede ocupar cualquier lugar en la oración; el CRP no. Digo que es relativo porque la sintaxis castellana me autoriza a decir "A las cláusulas del contrato me remito"; de hecho hay una frase hecha muy conocida que es "a las pruebas me remito". Así que este criterio lo consigno aquí por única vez, pero no me parece que pueda cumplirse, insisto, dada la laxitud de la gramática castellana.

Conclusión: es cierto: hay verbos que tienen un régimen preposicional propio, pero eso no significa que sin duda alguna lo que siga a esa preposición vaya a ser sí o sí un CRP. Hay que pensarlo bien y analizarlo caso por caso (cosa que, como verán, me desagrada muchíííísimo, je je).



lunes, 8 de septiembre de 2014

Muchas gracias a los nuevos seguidores



Los lectores de este humilde blog saben que durante más o menos un año y pico dejé de publicar material debido a que me encontraba muy atareada con trabajo y porque no lograba recuperarme del shock de que las publicaciones sobre análisis sintáctico tuvieran tantas visitas.

Durante ese tiempo, los seguidores siguieron sumándose al blog, y querría agradecerles la adhesión a todos; pero me voy a permitir nombrar a los últimos 18 seguidores, sin que esto implique no reconocer a todos los demás.

Aquí va la lista:



Emma Espiner (¡con avatar de precioso gatito! Aunque ¿qué gatito no es precioso?)


Andrea Ivanna Núñez


ROCKFLOYD


bre hauri


Claudia Álvarez


María Cristina Stellini


Pipi


anselmo cilintano (¡con avatar de Woody Allen!)


Paula Fiorentino


Rosita


Luz Atilano


Juliana


Rose


jose angel salazar españa


AniRose (ataviada con hermoso vestido como de novia)


LolaMora (¡flor de nick te elegiste!)


Mcriscam


Byron Castellano


A todos, a todos, muchísimas gracias. Y si lo que escribo les viene bien, eso me llena el corazón.

lunes, 1 de septiembre de 2014

Versiones más naturales de ciertas frases recurrentes (II)

Otra frasecita que se oye una y otra vez en programas de televisión, la "comfort zone". ¿Qué es? Es eso que sabés hacer hasta el cansancio, que te sale solo; y cuando salís de ese lugar, te sentís "perdido". Ejemplo: concurso de cocineros amateurs; participante que se las sabe todas en cuanto a cocinar mariscos, pero cuando lo ponen a hacer pastas, ya no se las sabe todas. 

Hace un minuto, en mi radio preferida (la única que escucho), la Aspen (FM 102.3), Leo Rodríguez, conductor de "Conexión Aspen", acaba de dar una buena traducción de esta frasecita: "lugar cómodo", que me parece que está muy buena para no repetir una y otra vez la frase "zona de confort", un tanto calcadita del original.

viernes, 29 de agosto de 2014

Versiones más naturales de ciertas frases recurrentes

Me toca traducir ciertas frases como las que detallo a continuación, o las oigo traducidas por colegas:

1) "A force to be reckoned with";

2) "A new found happiness".

La traducción que yo misma he dado o que he oído en algún documental / reality traducido por colegas es:

1) "Una fuerza a ser tenida en cuenta";

2) "Esta nueva felicidad".

Me pregunto si, aun fuera de contexto -pecado capital del buen traductor, pero se me disculpará (porque son las tres de la mañana y estoy como Martin Luther King Jr., "¡tengo un sueño!")- hay alguna frase más natural, que digamos todos los días todos los mortales, para traducirlas con un poco más de originalidad.

Se me ocurre lo siguiente:

1) "(Soy un competidor) de temer / serio / que va en serio"; 

2) "Esta nueva etapa".

Agrego contexto, ya que hice mi catarsis y me siento más aliviada: la frase número 1) la vi traducida en Master Chef temporada III, en boca de la ganadora, la competidora ciega; también la escuché en boca de Jason Clay Dunn, tatuador concursante de Ink Master temporada III. En ambos casos, se trataba de, como ya dije, competidores de certámenes. 

En cuanto a la frase 2), la oí el otro día en un documental del canal Investigation Discovery. La finada -asesinada sin piedad vaya a saber por quién; no vi el programa hasta el final-, luego de vivir una vida de penurias, había enderezado su vida y por eso se hablaba de su "new found happiness". No tiene nada de malo traducir esta frase como "su nueva felicidad", pero ¿no hablamos de "una nueva etapa" cuando se nos termina la época de vacas flacas y empezamos a comer lomo del bueno? 

Nada más que una sugerencia. Bah, dos sugerencias.

miércoles, 13 de agosto de 2014

Los dobles negativos en las oraciones

Cuando utilizamos dobles negativos en el castellano tenemos que tener cuidado de no estar diciendo lo contrario. Pruebas al canto:

Menganita de Tal está a full preparando su casamiento con Juan Pérez, pero no deja de descuidar sus múltiples obligaciones.

A continuación, la nota se explaya sobre las múltiples obligaciones que Menganita de Tal atiende cuidadosa y celosamente, como hacer campañas de fotos en ropa interior y otras linduras por el estilo.

En realidad, como mis sagaces lectores ya entendieron, Menganita no deja de CUIDAR sus multiples obligaciones. O "no descuida sus obligaciones". Pero ambos negativos, "no deja" y el verbo "descuidar" -de denotación y connotación negativa- sólo pueden combinarse cuando la persona descuida sus obligaciones.

El simple expediente de darle una segunda lectura a la nota -en lugar de incurrir en la soberbia de escribirla y largarla así nomás a Internet- habría solucionado el problema. Esto de la segunda lectura, para el traductor y para el redactor, es imprescindible, y es una metodología en la que hizo muchísimo hincapié mi profesora de la última materia del Traductorado, la T. P. Ada Moldavsky. Profesora dura, estricta, pero que me dejó varias lecciones profesionales.

 











martes, 12 de agosto de 2014

Análisis sintáctico - El predicativo objetivo y el orden de los adjetivos

Blog sobre plantas. Acabo de leer el siguiente título de uno de los artículos:

"Mantén tus flores cortadas bonitas por más tiempo".

Acá vemos lo importante que es saber cómo se usa el predicativo objetivo, y también apreciamos lo importante que es tener un poquito de sentido de la estética en materia de escritura en nuestra linda lengua castellana.

La acumulación de "cortadas" y "bonitas" no sólo da la impresión de que se produjo un "empaste" a esa altura del título, sino que no sabemos bien qué hace el adjetivo "bonitas" tan lejos del verbo "mantén".

Lo lógico sería poner:

"Mantén bonitas por más tiempo tus flores cortadas".

Aquí me permití colocar el complemento circunstancial de tiempo a continuación de "bonitas" -que es el predicativo objetivo de la oración- no sólo por una cuestión de equilibrio y estética de todos los elementos de la oración, sino también por una cuestión de la lógica de quién modifica a quién dentro de la oración; si digo

"Mantén bonitas tus flores cortadas por más tiempo",

parece que las flores hubieran estado cortadas "por más tiempo" cuando, en realidad, "por más tiempo" modifica a "mantén bonitas" y no a "tus flores cortadas".

Da la impresión de que el análisis sintáctico es una tontería pasada de moda, pero no, muchachos. Repasen un poco -yo tengo publicados aquí, en este blog, artículos totalmente gratuitos, no hace falta gastar plata-, sobre todo si escriben en Internet, para que podamos leer títulos y artículos con menos errores o con ningún error. ¿Me lo prometen?

lunes, 11 de agosto de 2014

Análisis sintáctico - ¡Hay que tener un cuidado con los verbos...!

Leo lo siguiente en una cartita que me enviaron de la Obra de Don Bosco en la Argentina:

"Acudimos a la experiencia espiritual de Don Bosco para caminar en santidad según nuestra vocación específica".

Empecé de atrás hacia adelante: "según nuestra vocación específica" podría ser un circunstancial de modo o un complemento preposicional; la diferencia entre ambos es muy finita, y que sea uno u otro va a depender muchas veces del criterio del profesor; "para caminar en santidad" es un circunstancial de propósito. y "a la experiencia espiritual de Don Bosco", ¿qué es? 

Por hacerme la canchera y querer resolver este análisis sintáctico "al vuelo" dije: "ah, es un objeto directo". Minga. "¿Cómo va a ser un objeto directo, Luisa, si no cumple con ninguno de los requisitos de un O.D.?", gritó a mi oído el hada del análisis sintáctico. "¡¡Pensá!!", agregó. 

"A la experiencia espiritual de Don Bosco" es un circunstancial de lugar o, más específicamente, de dirección, de sentido; pensemos que "acudir" es un verbo equivalente a "ir" (María Moliner lo define como "ir alguien a cierto sitio donde es esperado, o llamado, o tiene que hacer"); es un verbo de movimiento, así que no es raro que se lo acompañe de un circunstancial de dirección o sentido. 

Moraleja: analizar bien la naturaleza del verbo es esencial. No nos quedemos sólo con la clasificación de "verbo transitivo", "verbo intransitivo", "verbo copulativo" y etcéteras. Ampliemos el análisis.


 




 

Análisis sintáctico - La laxa sintaxis del castellano

Cortito y al pie: acabo de ver la siguiente oración en el portal de Yahoo:

"Quiero jugadores que vistan la camiseta de Japón con orgullo".

Si bien en las clases de lengua de la escuela nos presentan los temas de análisis sintáctico de una forma metódica y ordenada, por suerte la sintaxis del castellano (el orden de los elementos dentro de la oración) es lo suficientemente laxa como para poder reubicar nosotros mismos los elementos y, de esa manera, hacer entrar a nuestros escritos -y a nuestra vida- cierta dimensión estética.

En la oración citada, el sujeto (yo) está tácito. El verbo principal es "quiero" y "jugadores que vistan la camiseta de Japón con orgullo" es el objeto directo. ¿Qué quiero? Quiero esto, "jugadores que vistan la camiseta de Japón con orgullo"; LO quiero.

"Que vistan la camiseta de Japón con orgullo " es una proposición subordinada adjetiva. Toda ella funciona como un gran adjetivo de "jugadores". Ahora bien: si yo hubiera sido la autora de esta susodicha oración, habría escrito:

... "que vistan con orgullo la camiseta de Japón"

por un motivo muy simple: el circunstancial de modo "con orgullo" es más corto que el objeto directo de "vistan", "la camiseta de Japón"; entonces, por una cuestión de estética y de facilidad para comunicar mi mensaje, habría puesto el circunstancial de modo "con orgullo" al lado de "vistan" -porque es chiquito, y puesto al final es como que "se escapa", "se cae de la oración"-, y luego el más imponente objeto directo, de unas categóricas cuatro palabras.

Es decir, a veces, como en este caso, tenemos -y podemos- compatibilizar las reglas con lo que es agradable al oído y lo que nos va a permitir comunicarnos mejor con el ñato que tengo enfrente; que para esto último es que están, sobre todo, los idiomas.






 

lunes, 4 de agosto de 2014

Afectación jurídica - Diccionario Jurídico Contextualizado Lassaque



El Dr. Carlos Alberto Ghersi emplea esta expresión en la página 37 de su volumen "Obligaciones civiles y comerciales" (Editorial Astrea, Buenos Aires, 1994), en el siguiente párrafo: "En coincidencia con el artículo 499 del Código Civil, el art. 896 define a los hechos como 'acontecimientos susceptibles de producir alguna adquisición, modificación, transferencia o extinción de los derechos u obligaciones'. Desde esta perspectiva, el hecho es la causa eficiente de una afectación jurídica".

Con la locución "afectación jurídica" el Dr. Ghersi quiere decir "vínculo jurídico", "relación jurídica", que podemos traducir como "legal relationship".

¿Cómo traduciría yo el párrafo citado? "In connection with section 499 of the Argentine Civil Code, section 896 thereof defines the acts of law or legal acts as 'the occurrences / events able to cause some acquisition, modification, transfer or extinction of rights or obligations.' From this viewpoint, the act of law / the legal act is the operative cause of a legal relationship."

En lo que respecta al tratamiento de las locuciones act of law y legal act, remito a los lectores al artículo titulado "Hecho".