viernes, 1 de agosto de 2014

Mandato - Diccionario Jurídico Contextualizado Lassaque



En el art. 1869 del Código Civil argentino se expresa la definición de mandato: ‘El mandato, como contrato, tiene lugar cuando una parte da a otra el poder que ésta acepta para representarla, al efecto de ejecutar en su nombre y de su cuenta un acto jurídico, o una serie de actos de esta naturaleza’. De esta definición legal, el Dr. Carlos Alberto Ghersi distingue tres conceptos que habitualmente se toman como sinónimos, pero que implican tres elementos que no deben confundirse:

a) Mandato: es el contrato propiamente dicho, perfeccionado mediante acuerdo de voluntades. La traducción de "mandato" es "agency", cuya definición en inglés se ajusta bastante bien a la recién expresada en castellano: "the essence of agency is that the agent is empowered to make binding contracts between his principal and third parties". En esta definición estamos hablando de esa relación contractual que une al mandante y al mandatario, que, en inglés, son respectivamente el principal y el agent.

b) Poder: es el instrumento que formaliza el contrato. Este instrumento se denomina en inglés "power of attorney".

c) Representación: es la investidura otorgada por el mandante al mandatario en virtud del contrato por ellos celebrado e instrumentado en el referido poder. En inglés, a esta investidura se la denomina "authority". Fijémonos cómo lo expresa un inglés: "Express authority is given by the principal to the agent"; allí ya está hablando de la investidura otorgada, y lo hace a través de la frase "express authority". Ahora bien, como los ingleses son muy especiales, también tienen la "implied authority", que expresa un concepto bastante equivalente al de la definición que se enunció en castellano: "If the agent has been given implied authority (as opposed to express authority), the said authority does not arise from an express statement made in front of witnesses, or a written statement, or a formal declaration, but from the look of the thing". Con "look of the thing", estos tipos quieren decir "con los actos normales, consuetudinarios y habituales que dan a entender que hay una relación tácita de representación".