Los tres artículos anteriores a éste son artículos viejos escritos por mí para las clases de traductorado. Datan de cuando yo era alumna, así que tienen algunos años a cuestas. Como se trata de artículos destinados a presentar a los profesores, es posible que en ellos no se vea en forma exhaustiva el proceso de comparación de institutos entre el derecho argentino y el derecho anglosajón, pero sí pueden funcionar como atisbo de qué quise decir cuando hablé, en el artículo que versa sobre los glosarios, de "leer doctrina y compararla".
Sí, posiblemente lo que aquí falte es la metodología de comparación porque, insisto, estos artículos eran el "producto terminado" que presenté oportunamente a mis profesores. Si alguien quiere ver un poquito más de metodología de comparación de institutos jurídicos, invito a ese alguien a que vea el libro "La traducción de los contratos", que se encuentra en http://www.avlt.com.ar/archivos/libro/11_LTC.pdf, páginas 64 a 70. Ahí va a encontrar la metodología de comparación de institutos aplicada a la extinción de los contratos y seguramente podrá aplicarla a otro tipo de institutos y a otros sistemas jurídicos.